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Ecologistas en Acción comparece en la Asamblea con su análisis del Proyecto de Ley 3/2020 de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructuras Featured

Ecologistas en Acción crítica en su comparecencia que el carácter de urgencia en la tramitación del Proyecto de Ley no está justificada, impidiendo por esta vía la participación ciudadana, ya sea a través de alegaciones o los informes preceptivos por parte de órganos consultivos, necesarios para estructurar una Ley más justa, segura, adecuada y eficaz.

Ecologistas en Acción ha vuelto a mostrar sus argumentos contra la tramitación por la vía del Decreto-Ley, previsto para adoptar medidas ante situaciones imprevisibles y urgentes, poniendo en duda que sea de “urgente necesidad” debido a que las modificaciones concretas que se proponen no cumplen con las características para ser denominadas urgentes, ni cumplen con las funciones de paliar los efectos de la pandemia en esas áreas, ni cuentan con una valoración económica de su implementación.

Esta exposición argumentada de los motivos por los que la vía de tramitación no es la adecuada, se ha concretado en varios puntos, evidenciando las peligrosas lagunas que en materia de transparencia, protección medioambiental y social quedarían refrendadas con la aprobación de estos cambios en las leyes, principalmente la Ley 3/1996 de 16 de mayo de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

Ley 3/1996 de 16 de mayo de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Es ciertamente dudoso que la primera medida para mitigar el impacto de una pandemia en el área de las infraestructuras se centre en la modificación de la Ley de Puertos de la Región de Murcia. En la justificación se mezclan pandemia con los últimos fenómenos meteorológicos y desastres ambientales en la Región, lo que no aclara es como estas serán mitigadas con las medidas propuestas.

Tampoco parece que aumentar el uso y ocupación con infraestrcuturas del espacio portuario sea lo más eficaz para adaptarlo a los efectos del cambio climático, además del impacto paisajístico que se puede producir, junto a otros impactos ambientales no previstos.

Tras revisarlas, parece mucho mas claro que los objetivos perseguidos son dar vía libre a aquellas propuestas desestimadas en otros momentos o que no podrían seguir adelante de tramitada de forma ordinaria, que si ofrece la transparencia o al menos las herramientas ya mencionadas de participación social.

Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

No se entiende que para mitigar los efectos de una pandemia las medidas pasen por eliminar derechos de propietarios de suelo, reducir las competencias al Consejo de Gobierno de la Región de Murcia para dárselas al consejero de turno (especialmente referidas a los espacios verdes públicos, con la importancia que tienen para el interés general de la población), suprimir la existencia de órganos colegiados como la Comisión de Coordinación de Política Territorial de la CARM (donde se encontraban representados entre otros vocales un representante del Estado, y de la Federación de Municipios de la Región de Murcia) o la eliminación de diversos informes previos a la toma de decisión del Consejero en diversos asuntos, e introducción de nuevos preceptos legales y condicionantes sin la debida concreción de los trámites para su aplicación. Generando gran inseguridad jurídica.

En la propuesta se incluyen cambios de uso de actividades, cayendo en clara contradicción con otras normativas regionales, denotando la precipitación y falta de rigor con la que se ha elaborado este decreto-ley para modificar la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

Ecologistas en Acción considera que los cambios que este Proyecto de Ley introduce en las leyes a las que afecta, eliminan parte de las necesarias garantías y filtros administrativos, que hacen que las decisiones en materias tan importantes como la ordenación del territorio no sean arbitrarias. Buscar la simplicidad de los trámites no es compatible con eliminar dichas garantías, solo provoca inseguridad jurídica y desigualdad en el trato ante la administración pública, con lo cual esta ley se convierte en una fuente de conflicto.

Para terminar, han criticado que de nuevo se opte por relanzar la ocupación y destrucción del territorio como fuente de beneficio a corto plazo, olvidando los problemas ambientales, sociales y económicos que nos produjo esto en el pasado, y consideran una importante pérdida de oportunidad el no haber apostado por otro tipo de cambios, que vayan en sintonia con la actual situación de crisis climática, y que fuesen encaminadas más bien a la rehabilitación de lo ya construido, mejoras del ahorro y eficiencia energética, mejoras de habitabilidad, adaptación a las consecuencias del cambio climático, etc.

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