El Ayuntamiento de Cieza ha acordado adherirse al convenio establecido entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la FEMP para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las corporaciones locales por parte de la citada agencia.
Los representantes de ambos organismos consideran que es muy beneficioso el establecer un sistema estable de colaboración mutua en los ámbitos de gestión tributaria, recaudación en vía ejecutiva de los tributos propios de las entidades locales, así como en el de suministro e intercambio de información, que permita mejorar el cumplimiento de las funciones que la Agencia Tributaria y las Entidades Locales tienen encomendadas.
En este sentido, se tiene en cuenta el acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la FEMP, de 21 de noviembre de 2002, sobre el nuevo sistema de financiación de las haciendas locales, en cuyo apartado quinto se prevé la necesidad de arbitrar mecanismos que intensifiquen la colaboración entre las entidades locales (ayuntamientos) y la Agencia Tributaria, de modo que éstos puedan disponer de la información necesaria para la liquidación de los tributos locales.
Este principio de colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas se encuentra recogido, entre otras normas, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece en su artículo 4.1.d) que uno de los principios que debe presidir las relaciones entre las administraciones públicas es el de lealtad institucional, en cuya virtud deberán "prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que las otras administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias".
En particular, en materia de intercambio de información, la letra c) de ese mismo precepto regula la exigencia de "facilitar a las otras administraciones la información que precisen sobre la actividad que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias".
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