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El Supremo ‘condena’ a Pedro Antonio Sánchez por vulnerar la libertad sindical como consejero de Educación Featured

El Tribunal da la razón a CCOO, que afirma que el actual presidente “pretendió dificultar el derecho de voto activo de los 20.000 docentes murcianos para deslegitimar el resultado electoral”.

La Crónica del Pajarito.- El Tribunal Supremo ha dado la razón a CCOO Enseñanza: el Gobierno regional de Murcia vulneró la libertad sindical de los docentes murcianos en las elecciones sindicales de 2014. Y considera probado que la Consejería de Educación, entonces a cargo del presidente de la Comunidad Pedro Antonio Sánchez, “pretendió dificultar el derecho de voto activo de los 20.000 docentes murcianos para deslegitimar el resultado electoral”, según informa CCOO.

El entonces consejero de Educación, imputado ahora por cuatro presuntos delitos en el ‘caso Auditorio’, “apoyó a pesar de las advertencias sindicales en la Mesa Sectorial una orden que el Tribunal Supremo anula por considerar que vulneraba el derecho a la libertad sindical”, añade el sindicato.

CCOO Enseñanza ha recibido con “enorme satisfacción” la sentencia -firme y no recurrible- del Tribunal Supremo que ordena anular la orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 28 de octubre de 2014, por la que se modifica la orden de 18 de octubre de 2002 en la que se fijan los criterios y se dictan instrucciones en relación al proceso de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración Pública Regional.
 
“Como se recordará, el Gobierno Regional y, con especial entusiasmo la Consejería de Educación dirigida por Sánchez, intentó modificar las normas que rigen las elecciones sindicales que se celebran cada cuatro años limitando el tiempo a utilizar para ejercer el derecho al voto. Intentaba la Consejería -después de cuatro años de agresiva aplicación de recortes y de afrontar la respuesta y resistencia del movimiento sindical y especialmente de CCOO- dificultar el derecho de voto para así provocar una disminución de la participación que permitiese deslegitimar a la representación sindical de los 20.000 docentes murcianos”, indica el sindicato en un comunicado.

Rechaza los argumentos esgrimidos por la consejería de Educación

El Tribunal Supremo rechaza los argumentos esgrimidos a posteriori por la Consejería de Educación en el sentido de que pretendía proteger el derecho a la educación de los estudiantes y el derecho a la conciliación laboral y familiar de padres y madres. El Supremo llega a afirmar que la Consejería ocultaba tras estos argumentos su pretensión real y que en ningún momento prueba o acredita sus afirmaciones.
 
CCOO Enseñanza recuerda que “el derecho a la educación de nuestros jóvenes se vulnera cuando se deja sin sustituir durante diez días a un docente en baja, cuando se recortan las plantillas y se desatiende la atención a la diversidad, y cuando se recortan los gastos de funcionamiento de los centros y se deja que estos se deterioren”.
 
Y asegura que también se vulnera “cuando se les escolariza en situación de estrés térmico y en aulas masificadas por encima de la ratio legal, cuando se recortan las ayudas para la adquisición de libros y material escolar, cuando se suprimen líneas de transporte escolar o cuando se utilizan vehículos sin garantías que los ponen en riesgo, y cuando se escatima en las becas de comedor y se excluye a alumnado de la única comida caliente que tiene garantizada”.

CCOO Enseñanza recuerda y resalta que el derecho a la educación de los jóvenes también se vulnera “cuando se violan los derechos de sus maestras, maestros, profesores y profesoras; cuando desde la Administración se violan los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras de la Enseñanza; cuando comprobamos que la escuela pública está en manos de quienes la desprecian, la desprestigian, la maltratan y la deterioran”.
 
Tras la firmeza de la sentencia del Supremo, CCOO Enseñanza y sus servicios jurídicos estudian qué otras acciones se pueden emprender contra los responsables políticos de la orden anulada.

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