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Saorín: “Las víctimas de cláusulas abusivas podrán recuperar su dinero” Featured

El concejal de Consumo del Ayuntamiento de Cieza, explica que con la reforma del régimen sancionador impulsada por el ministro Alberto Garzón se considera como infracción que las empresas "no eliminen los efectos provocados por las cláusulas abusivas".

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el pasado miércoles, 23 de diciembre, una modificación de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios que facilitará a los clientes víctimas de cláusulas abusivas recuperar el dinero que se les cobró indebidamente sin tener que acudir a los tribunales para ello. De esta manera, se recrudecen las consecuencias a que las entidades emisoras de dicho tipo de cobros ilícitos se atienen de negarse a la devolución.

Al respecto, en un comunicado de prensa, el concejal de Consumo del Ayuntamiento de Cieza, Francisco Saorín,  ha informado que se trata de una reforma del régimen sancionador de esta normativa en la cual se considera como infracción que las empresas "no eliminen los efectos provocados por las cláusulas abusivas".

La declaración de una cláusula como abusiva supone la nulidad de la misma con efectos retroactivos. Por tanto, las empresas están obligadas, no solo a dejar de incluir esa cláusula en los nuevos contratos, sino también a devolver todo lo cobrado en el pasado de forma ilícita”, explica el comunicado del Concejal de Consumo.

El edil precisa que  esta reforma permitirá sancionar a aquellas firmas comerciales que no sean "proactivas" a la hora de compensar a los consumidores en los casos de cláusulas abusivas.

 “Con esta medida el Gobierno –precisa el concejal de Consumo- se  pretende garantizar la recuperación del dinero indebidamente cobrado a los clientes, porque cuando una cláusula se declara como abusiva ello supone su nulidad con efectos retroactivos, de modo que las empresas no solo tienen que renunciar a ellas en próximos contratos, sino que están obligadas a devolver todo lo cobrado bajo su amparo de manera ilícita”.

“Debido a los plazos de prescripción, en muchas ocasiones estas cláusulas no podían ser perseguidas, aun cuando sus efectos perviviesen. Ahora, aunque la inclusión de la cláusula abusiva haya prescrito, si sus efectos pasados no han sido compensados, seguirán pudiendo ser sancionados”.

Además, como este tipo de infracciones de la normativa de consumo pueden ser sancionadas por las Comunidades Autónomas, los plazos de prescripción evitaban que pudieran ser perseguidas, algo que ahora se modifica para poder acometer la sanción aunque la cláusula haya prescrito, siempre y cuando sus efectos sigan sin compensarse.

Finalmente, Saorín ha insistido en que el Ministerio de Consumo garantiza que los bancos no vuelvan a incorporar cláusulas abusivas en sus contratos y  ha animado a todas aquellas personas que hayan sido objeto de cláusulas abusivas a denunciar su situación ante los organismos competentes.

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