Tras la denuncia del PSOE y el informe jurídico de la cámara autonómica, el Gobierno regional le había instado a abandonar una de estas dos responsabilidades tras un informe de los servicios jurídicos que avalaba la existencia de una incompatibilidad.
El diario La Verdad de Murcia informa en su edición de hoy que el exatleta internacional murciano Juan Manuel Molina ha optado por abandonar su cargo en el Centro de Tecnificación Deportiva (también conocido como CAR) de Los Narejos para poder continuar como concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Cieza, después de que el Gobierno regional le instara a escoger entre ambas responsabilidades.
Según el citado diario, Molina ha tomado esta decisión, comunicada este miércoles a la consejera Noelia Arroyo, después de que el Ejecutivo autónomo le abriera un expediente informativo a raíz de la denuncia del PSOE por la supuesta incompatibilidad en que incurriría el cargo público del PP, y encargara un informe a los servicios jurídicos. Este señalaba que Juan Manuel Molina estaría incumpliendo la ley regional del Estatuto de la Actividad Política de 1994 al ocupar al mismo tiempo ambos puesto públicos.
Como director gerente del Centro de Los Narejos, Molina no tenía consideración de alto cargo del Gobierno, pero al disponer de un contrato de alta dirección sí que le era aplicable el régimen de dedicación e incompatibilidad que la ley de 1994 establece para los altos cargos.
Lo que dice la ley
Esta normativa señala en su artículo 9 que «para el cumplimiento del deber de eficacia, el ejercicio de la actividad de los altos cargos se desarrollará en régimen de dedicación absoluta y excluyente».
Para ello, en los puntos siguientes del mismo artículo, se fijan las labores con las que es incompatible el trabajo del alto cargo del Gobierno regional. La primera que cita es «con el desempeño por sí o mediante sustitución o apoderamiento, de cualquier otro puesto, cargo, representación, profesión o actividad, sean de carácter público o privado, por cuenta propia o ajena», y añade que «tampoco podrán percibir cualquier otra remuneración con cargo a los presupuestos de las administraciones públicas (...) ni cualquier otra percepción que directa o indirectamente provenga de la actividad privada».
El segundo punto es el que de forma más evidente ponía de manifiesto la incompatibilidad de Molina, al señalar que ningún alto cargo del Gobierno podrá ser miembro de corporaciones locales, ni miembro de la Asamblea Regional, ni diputado o senador de las Cortes.