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El pleno decidirá sobre bonificaciones del impuesto de plusvalía Featured

El Gobierno municipal de Cieza llevará a pleno, para su debate y aprobación, la modificación parcial de la ordenanza que regula el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, comúnmente conocido como impuesto de plusvalía. Con esta modificación, se incorporará a la norma la posibilidad para el particular de poder acreditar la ausencia de incremento o la existencia de un decremento en la transmisión, no teniendo que hacer frente al impuesto en esos supuestos.

Además, en los casos de herencia, se han establecido bonificaciones que afectarán a todas las transmisiones entre ascendientes, descendientes o cónyuges (así como adoptantes, adoptados o parejas de hecho).

El concejal de Hacienda, Antonio Ignacio Martínez-Real, comentaba que para esta reforma se ha tenido en cuenta el "principio de progresividad", de manera que se han establecido distintos tramos según el valor catastral de los bienes transmitidos, y según la cuantía de los mismos tendrán derecho a una bonificación que va desde el 90% en los valores mínimos hasta el 5% en los valores máximos. Asimismo, Martínez-Real indicaba que, "según los datos de que disponemos más de la mitad de las transmisiones mortis-causa, tendrán bonificaciones entre el 90% y 50%, un quinto de las transmisiones tendrá una bonificación del 20% y entorno a una séptima parte de las herencias, las de mayor cuantía, podrán acogerse a la bonificación que está entre el 10% y 5%". En términos globales, la cantidad bonificada, que no se recaudará, así para 2020, será de 347.000 euros, de los cuales 293.000 afectarán a los dos primeros tramos (el 90% y 50% de bonificación), que serán las herencias con menos cuantía y que suman más de la mitad del total de las que se liquidan. "No obstante, el llamado impuesto de plusvalía es algo tremendamente fluctuante, ya que oscila mucho de unos años a otros, en atención al número de transmisiones y el montante de las mismas, así como a los cambios legislativos o nuevas sentencias".

Por tanto, con ésta modificación se adecua la Ordenanza al sentir de las últimas sentencias del Tribunal Supremo, regulando la posibilidad para el particular de probar la ausencia de incremento de valor y, además, se incorporan bonificaciones amplias atendiendo al principio de progresividad.

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